Alcance de la nueva normativa
El DNU, publicado en el Boletín Oficial, modificó el artículo 23 del Decreto 905/2002, que restringía los préstamos en divisas a prestatarios con ingresos del comercio exterior. Ahora, los bancos podrán utilizar hasta el 15% de sus depósitos en dólares para otorgar créditos a personas jurídicas orientadas al mercado interno, cuyos ingresos están en pesos. La disposición excluye de manera taxativa a personas humanas.
El ministro de Economía, Luis Caputo, afirmó que el esquema corregirá el desbalance entre el ahorro acumulado y la oferta de financiamiento. "Va a bajar las tasas, va a generar empleo y va a ayudar a reactivar la economía", señaló, y precisó que las empresas deberán liquidar las divisas en el mercado oficial de cambios.
Regulación del Banco Central
El Banco Central de la República Argentina (BCRA), presidido por Santiago Bausili, estableció normas macroprudenciales para mitigar riesgos. Las operaciones tendrán una exigencia de capital mínimo del 125% en comparación con créditos estándar, computarán 1,25 veces para los límites de concentración y obligarán a evaluar la solvencia ante escenarios de volatilidad cambiaria.
Estas directrices buscan proteger al sistema financiero de potenciales descalces, asegurando que los préstamos en dólares se otorguen con respaldo adecuado. El BCRA también supervisará el cumplimiento de los requisitos de elegibilidad de las empresas beneficiarias.
Proyecciones del equipo económico
En el Palacio de Hacienda proyectan que la medida movilizará entre 6.000 y 10.000 millones de dólares en créditos adicionales. Según el equipo económico, responde a la demanda de sectores industriales y comerciales que enfrentaban limitaciones para financiar proyectos a mediano y largo plazo.
La iniciativa se enmarca en un contexto de alta liquidez en dólares en los bancos, producto del blanqueo y la acumulación de reservas. Se espera que la baja de tasas impulse la inversión y genere empleo en el corto plazo.




