Qué establece el Decreto 982/2026
La medida fue formalizada mediante el Decreto 982/2026, publicado este jueves en el Boletín Oficial, y pone fin al esquema establecido hace más de cinco décadas por el Decreto 1560/73. Ese régimen determinaba que las regalías del Complejo Hidroeléctrico El Nihuil se distribuyeran en partes iguales entre Mendoza y La Pampa.
El decreto firmado por el presidente Javier Milei establece que la regalía generada por el Sistema Hidroeléctrico Los Nihuiles corresponderá en su totalidad a Mendoza, porque la fuente hidroeléctrica aprovechada se encuentra íntegramente dentro de su territorio. El conflicto se originó porque la provincia cuyana cuestionó el reparto y sostuvo que el aprovechamiento del río Atuel se desarrolla por completo en su jurisdicción.
El argumento basado en fallos de la Corte
El Gobierno nacional fundamentó la decisión en el criterio fijado por la Corte Suprema de Justicia en distintos antecedentes, según el cual el derecho a percibir regalías está vinculado con la localización de la fuente hidroeléctrica y no con el hecho de que un río atraviese distintas jurisdicciones. Ese principio fue el eje central de la posición mendocina durante el conflicto.
El cambio adquiere relevancia por el proceso de nueva concesión de Los Nihuiles. El contrato vigente había vencido y la Nación convocó junto con Mendoza a una licitación pública nacional e internacional para otorgar la nueva concesión del sistema y vender las acciones de Hidroelectricidad Mendocina S.A.
Previsibilidad jurídica antes de la licitación
El Ejecutivo argumentó que la definición sobre las regalías debía resolverse antes de avanzar con el nuevo proceso licitatorio para otorgar previsibilidad y certeza jurídica a los inversores. La decisión busca despejar la incertidumbre sobre la titularidad de los recursos antes de la adjudicación.
La cuestión no queda completamente cerrada en el plano judicial. Mendoza había llevado el reclamo contra el Decreto 1560/73 ante la Corte Suprema en una causa iniciada en 2022 que continúa en trámite. El nuevo decreto rechaza el recurso administrativo de la provincia y señala que con esta decisión queda agotada esa vía, aunque deja habilitada la acción judicial dentro de los 180 días hábiles.




