Alcance y marco normativo
La norma, firmada el 24 de agosto, se inscribe en los términos del artículo 62 de la Ley de Educación Superior N° 24.521 y del Decreto N° 576/96. La autorización es provisoria y se otorga por un período inicial, durante el cual la universidad deberá cumplir con los requisitos establecidos por la normativa vigente. La Secretaría de Educación del Ministerio de Capital Humano recomendó conceder la autorización tras el dictamen favorable de la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (CONEAU).
Carreras y títulos ofrecidos
La oferta académica proyectada para los primeros seis años incluye las carreras de grado de Abogacía, con título intermedio de Procurador; Licenciatura en Trabajo Social, con intermedio de Técnico en Gestión Social; Licenciatura en Ciencia Política, con intermedio de Técnico en Comunicación Política; Licenciatura en Administración, con intermedio de Técnico en Gestión y Administración; Contador Público, con intermedio de Técnico en Análisis Contable; Licenciatura en Artes Visuales, con intermedio de Técnico en Gestión de Artes Visuales; y Licenciatura en Gestión del Deporte, con intermedio de Técnico en Administración Deportiva. Además, se ofrecerán las tecnicaturas en Psicología Social y en Grafología.
Recomendaciones de la CONEAU
La CONEAU sugirió que en el proceso de aprobación del Estatuto Académico se revisen algunas previsiones estatutarias. También recomendó que la universidad cuente, en un plazo razonable, con un inmueble propio para concentrar la mayor parte de sus actividades institucionales, incluida la Biblioteca, con el fin de facilitar la construcción de una comunidad académica propia. Estas cuestiones serán evaluadas por la Secretaría de Educación y la CONEAU en el marco de los procedimientos establecidos por la Ley de Educación Superior.
La institución proyectada surge de la articulación del Instituto Laico de Estudios Contemporáneos (ILEC) y la Fundación Civitas et Lex, entidades con trayectoria en laicidad y librepensamiento. El dictamen de la CONEAU destacó que el proyecto institucional es sólido, que el plantel docente es adecuado y que el patrimonio de la entidad cumple con la normativa vigente. Toda nueva oferta educativa que no figure en la nómina de carreras deberá evaluarse según lo dispuesto en el artículo 16 del Decreto N° 576/96.




