Sexta (Buenos Aires, 3 de octubre de 2026).- La Intergremial Judicial rechazó el respaldo de la Asociación de Magistrados y Funcionarios a la incorporación de secretarios dentro del proyecto de ley 2141/26, impulsado por el gobernador del Chaco, Leandro Zdero, según supo la Agencia Noticias Argentinas.
El pronunciamiento gremial y su origen
El pronunciamiento de la Intergremial Judicial se difundió el 30 de septiembre y respondió a un comunicado de la Asociación de Magistrados y Funcionarios difundido el 28 de septiembre. Los representantes de los trabajadores sostuvieron que la ampliación selectiva de los beneficiarios no resolvía sus objeciones al esquema salarial propuesto por el Ejecutivo provincial. El conflicto gira alrededor del denominado desenganche, con el que los sindicatos identifican el riesgo de separar la mejora de determinados cargos de las remuneraciones del resto del personal.
El proyecto oficial y la defensa de la porcentualidad
La iniciativa del Gobierno chaqueño propone crear un concepto de intangibilidad para determinados magistrados y funcionarios y un mecanismo de convergencia de sus remuneraciones con la media nacional de cargos equivalentes. Los gremios objetan que ese diseño establezca beneficios que no alcancen de la misma forma al conjunto de los empleados judiciales. En su respuesta, la Intergremial defendió el régimen de porcentualidad de la Ley 468-A, que vincula los salarios dentro del Poder Judicial chaqueño, y cuestionó que se invocara el principio de igual remuneración por igual tarea para respaldar incorporaciones particulares.
Cuestionamientos al procedimiento y pedido de inconstitucionalidad
Los sindicatos sostuvieron que el proyecto surgió en el marco de las audiencias de la causa Alonso de Martina sin intervención de sus representantes. También objetaron que el tribunal ad hoc estuviera integrado por magistrados que serían beneficiarios de la medida. Esos señalamientos corresponden a la posición gremial sobre el procedimiento. La Intergremial reclamó, además, la aplicación del artículo 9 de la Ley 3424-A para todo el personal judicial y calificó de inconstitucional la propuesta, una valoración sindical que no equivale a un fallo judicial.




