Sexta (Buenos Aires, 7 de octubre de 2026).- La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió el uso, la comercialización y la distribución en todo el país de tres productos promocionados para tratar afecciones de salud, según publicó Infobae. La medida alcanza a dos suplementos y a un ungüento.
La disposición en el Boletín Oficial
La resolución fue firmada por el administrador nacional de la ANMAT, Luis Eduardo Fontana, y se publicó este 7 de octubre en el Boletín Oficial, de acuerdo con Infobae. La prohibición abarca cualquier canal de venta y se comunica a las autoridades sanitarias de todas las provincias, al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a áreas nacionales vinculadas con la defensa del consumidor y la lealtad comercial.
Los productos alcanzados
El primer producto es el “Super calcio cubano”, cuyo rótulo lo presentaba como una “vitamina para calcificar los huesos” y mencionaba ingredientes como vitamina E, calcio, magnesio, zinc, fósforo, hierro, guanábana, levadura de cerveza y cartílago de tiburón. Según Infobae, la etiqueta atribuía efectos sobre afecciones como artritis, artrosis, lumbago, osteoporosis, reumatismo, caída del cabello, agotamiento físico, dolores musculares y Parkinson.
El segundo es el “Suplemento nutritivo 0.44”, que consignaba calcio, vitamina B12 y vitamina E. Su presentación aseguraba que podía utilizarse frente a gota, reumatismo, fracturas, parálisis facial, calambres, mareos, dolor de huesos, hinchazón y deterioro visual. Además, afirmaba que “regenera los tejidos” y que puede ayudar frente al “agotamiento” y la “vejez prematura”, según la información publicada por Infobae.
El ungüento y las denuncias
La tercera prohibición recayó sobre el “Ungüento de árnica + coca”, vendido en la vía pública en la estación de tren de Quilmes. La disposición surgió a partir de dos denuncias recibidas por el Departamento de Control de Mercado de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud. Una alertaba sobre la oferta de los dos suplementos en un comercio de Virrey del Pino, en el partido bonaerense de La Matanza; la otra, sobre la venta callejera del ungüento en Quilmes.
Falta de registro y vías de recurso
Según la ANMAT, ninguno de los productos estaba inscripto ante el organismo ni pudo identificarse a un establecimiento habilitado que asumiera la responsabilidad por su elaboración, informó Infobae. Esa falta de trazabilidad impide conocer las condiciones de manufactura y la composición efectiva, lo que puede implicar riesgos para los consumidores. Los interesados podrán presentar un recurso de reconsideración en un plazo de 20 días hábiles administrativos o uno de alzada dentro de 30 días hábiles administrativos, y recurrir a la Justicia en el término de 180 días hábiles judiciales desde la notificación.



