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El Gobierno modificó la Ley de Ministerios: Salud tendrá más control alimentario y abordará la ludopatía

El Poder Ejecutivo publicó el Decreto 771/2026, que reforma la Ley de Ministerios para reorganizar competencias en salud alimentaria y sumar la prevención de la ludopatía. La norma, un DNU, deberá ser tratada por la Comisión Bicameral.

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Redacción

viernes, 21 de agosto de 2026, 09:28 hs

El Gobierno modificó la Ley de Ministerios: Salud tendrá más control alimentario y abordará la ludopatía

Redacción / Sexta

Sexta (Buenos Aires, 21 de agosto de 2026).- El Poder Ejecutivo publicó hoy en el Boletín Oficial el Decreto 771/2026, que modifica la Ley de Ministerios para reorganizar competencias en materia de salud alimentaria y sumar la prevención de la ludopatía. La norma, un DNU, deberá ser tratada por la Comisión Bicameral del Congreso.

Qué establece el decreto

Según el texto oficial, el Ministerio de Salud ejercerá la rectoría sanitaria y normatización en materia de salud alimentaria. El Ministerio de Economía, por su parte, se ocupará de la fiscalización sanitaria de la producción agropecuaria y de los alimentos. La medida busca "delimitar la intervención" de Salud sobre productos de higiene, tocador y cosmética, y de uso doméstico, a la determinación de sustancias prohibidas y de uso condicionado.

Contexto y fundamentos

El gobierno fundamentó la decisión en la necesidad de "una mejor gestión de las atribuciones asignadas al Poder Ejecutivo Nacional". Además, citó un estudio del Observatorio Argentino de Drogas que reveló que más de una cuarta parte de los estudiantes participó en apuestas con dinero durante el último año, lo que "demanda fortalecer las herramientas institucionales" para prevenir la ludopatía.

La norma modifica los artículos de la Ley 22.520 que enumeran las competencias de los ministerios. Según el decreto, la reorganización "no importa la desatención de dichos productos ni la generación de vacío regulatorio alguno". El Ministerio de Salud coordinará con otros ministerios en estas áreas.

Alcance y vigencia

El decreto lleva la firma del presidente y fue publicado este 21 de agosto de 2026. Al tratarse de un DNU, entra en vigencia de manera inmediata, pero debe ser sometido al control del Congreso. La Comisión Bicameral Permanente es la encargada de pronunciarse sobre su validez, según la Ley 26.122.

La medida afecta directamente a los ministerios de Salud y de Economía, y a organismos como el Senasa. También impacta en las provincias, que deben adecuar sus normativas. Aunque el texto no detalla plazos de implementación, establece que las modificaciones "resultan impostergables para una mejor gestión de gobierno".

#Decreto 771/2026#Ley de Ministerios#Salud#Ludopatía#Seguridad alimentaria

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