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El Gobierno modificó el Decreto 50/19 y redefinió el Registro Nacional de Armas

El decreto 770/2026 actualiza los objetivos y la estructura del organismo que controla armas y materiales. La medida no implica cambios en la cantidad de unidades organizativas.

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Redacción

viernes, 21 de agosto de 2026, 09:30 hs

El Gobierno modificó el Decreto 50/19 y redefinió el Registro Nacional de Armas

Redacción / Sexta

Sexta (Buenos Aires, 21 de agosto de 2026).- El Poder Ejecutivo modificó el Decreto N° 50/2019 para actualizar los objetivos y ámbitos del Registro Nacional de Armas (RENAR). La norma se publicó este viernes en el Boletín Oficial bajo el número 770/2026.

Alcance de la medida

El decreto, firmado por el presidente, adecúa los objetivos y la jurisdicción de los organismos del Ministerio de Seguridad Nacional. En particular, suprime dos objetivos de la Secretaría de Seguridad Nacional y de la Subsecretaría de Intervención Federal, y sustituye el anexo correspondiente al ámbito de acción de esos organismos. También establece los objetivos específicos del RENAR, que depende de esa cartera.

Qué hace el Registro Nacional de Armas

Según la norma, el RENAR deberá desarrollar políticas de registración, control y fiscalización de armas, municiones y explosivos. Además, promoverá campañas para prevenir la violencia armada y el tráfico ilícito, y colaborará en la investigación de delitos vinculados con esos materiales. También administrará el Banco Nacional de Materiales Controlados y su red de depósitos.

Estructura y cargos

El decreto deroga la estructura de la ex-Agencia Nacional de Materiales Controlados, que funcionaba en el ámbito del entonces Ministerio de Justicia, y aprueba la nueva organización del RENAR. Se incorporan, modifican o suprimen cargos en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del sistema SINEP. La medida no incrementa la cantidad de unidades organizativas de la Administración Pública Nacional.

Vigencia

El artículo 104 del Reglamento de Procedimientos Administrativos establece que las normas sobre estructura orgánica entran en vigencia sin necesidad de publicación. No obstante, al ser un decreto, rige desde su publicación en el Boletín Oficial, este 21 de agosto de 2026.

#Decreto 770/2026#Registro Nacional de Armas#Ministerio de Seguridad#Boletín Oficial#Administración Pública

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