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Inocencia Fiscal II: Fama firmó el dictamen y el Senado podría sancionarla

El proyecto que amplía el régimen simplificado de Ganancias quedó listo para llegar al recinto junto con la reforma de la Carta Orgánica del Banco Central. La firma del radical catamarqueño destrabó el despacho de mayoría.

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Por Redacción Sexta

jueves, 10 de septiembre de 2026, 17:07 hs

Inocencia Fiscal II: Fama firmó el dictamen y el Senado podría sancionarla

Redacción / Sexta

Sexta (Buenos Aires, 10 de septiembre de 2026).- El senador radical Flavio Fama firmó este mediodía el dictamen de mayoría del proyecto de Inocencia Fiscal II, que quedó listo para ser tratado en el recinto junto con la reforma de la Carta Orgánica del BCRA. La iniciativa podría sancionarse a partir del jueves próximo, tras cumplirse los siete días reglamentarios.

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La firma que destrabó el dictamen

Tras horas de incertidumbre, el senador por Catamarca estampó la rúbrica que faltaba luego de un plenario realizado ayer en la Cámara alta. Las comisiones de Justicia y Asuntos Penales y de Presupuesto y Hacienda se reunieron para buscar un despacho que había quedado frenado porque Fama dio quórum en el convite y luego se retiró del debate. En medio de un clima de desconfianza creciente entre el oficialismo libertario y los dialoguistas, la iniciativa quedó con dictamen de mayoría.

Los alcances del régimen simplificado

El objetivo central del texto es ampliar el régimen vigente mediante la eliminación de los topes de ingresos de $1.000 millones y de patrimonio de $10.000 millones que limitaban el acceso al Régimen Simplificado del Impuesto a las Ganancias administrado por la ARCA. Con el proyecto ya aprobado por Diputados, cualquier contribuyente con residencia fiscal en Argentina podrá adherirse al esquema, que reemplaza la declaración jurada tradicional por un mecanismo de presentación reducida.

Nuevas reglas para las impugnaciones de ARCA

Otro de los puntos centrales precisa bajo qué condiciones la ARCA puede impugnar una declaración simplificada. El organismo solo podrá formular observaciones cuando detecte una diferencia de al menos el 15% sobre el impuesto determinado y no sobre el saldo final a pagar, como ocurría antes. Además, se introduce una regla de razonabilidad: no habrá discrepancia significativa si el monto nominal de la diferencia es igual o inferior al 5% del umbral del Régimen Penal Tributario, equivalente a $5.000.000.

El articulado también habilita una ventana de subsanación de 15 días hábiles para que el contribuyente rectifique e ingrese el saldo adeudado sin que se configure la causal de impugnación. La carga probatoria recae de forma exclusiva sobre la ARCA, que solo podrá fundar sus impugnaciones en datos declarados, registros sistémicos o información aportada por terceros. Asimismo, se amplía el bloqueo al uso de presunciones: se veda hasta el 31 de diciembre de 2027 la presunción por depósitos bancarios, lo que reduce la discrecionalidad del organismo recaudador.

Alivio para MiPyMEs y exclusiones

La reforma incorpora un alivio directo para las pequeñas y medianas empresas. Las MiPyMEs, personas humanas, sucesiones indivisas y entidades sin fines de lucro que no sean Grandes Contribuyentes Nacionales tendrán una reducción automática del 25% en determinadas multas formales. Durante el debate en la Cámara baja, La Libertad Avanza acordó con sus aliados excluir de manera total e incondicional a los funcionarios públicos de los beneficios del régimen.

Los representantes de los tres poderes del Estado que hayan ejercido cargos de alta responsabilidad pública en los últimos cinco años podrán usar el sistema simplificado solo para presentar su declaración jurada y pagar el saldo correspondiente, pero no accederán a la presunción de exactitud ni a ninguna otra protección tributaria. En cuanto a los dólares no declarados, el proyecto no establece una amnistía general, sino que modifica el marco bajo el cual la ARCA podrá investigar el patrimonio, con el objetivo de incentivar la incorporación de esos activos al circuito formal.

Ayer expusieron, en el plenario de las dos comisiones, el contador especializado en derecho tributario Martín Caranta y el abogado especializado en derecho tributario Juan Martín Jovanovich.

#Inocencia Fiscal II#Senado#Flavio Fama#ARCA#Régimen Simplificado

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