Sexta (Buenos Aires, 24 de septiembre de 2026).- El Ministerio Público Fiscal de la Ciudad de Buenos Aires apeló el sobreseimiento de un adolescente de 14 años dictado por la jueza Laura De Marinis y el recurso quedó radicado en la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas porteña.
El recurso y el pedido de apartamiento de la jueza
La apelación fue presentada por los fiscales Mauro Tereszko y Paula Raffa Pirra, de la Unidad Fiscal Especializada en Materia Penal Juvenil, según informó el Ministerio Público Fiscal de la Ciudad. Además de cuestionar el fallo, los fiscales pidieron que la jueza De Marinis sea apartada del expediente y que otro magistrado continúe con la investigación.
El caso será revisado por el camarista Ignacio Mahiques, hermano del ministro de Justicia de la Nación, Juan Bautista Mahiques, de acuerdo con la radicación del expediente en la Cámara de Apelaciones. La resolución de la jueza del Juzgado Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas N.º 3 había sobreseído al adolescente investigado.
Los argumentos de la fiscalía contra el fallo
Los fiscales sostuvieron que la impugnación “resulta admisible en la medida que ha sido interpuesta dentro del plazo legalmente establecido para ello, por quien tiene interés en hacerlo, mediante escrito fundado ante el tribunal que la motiva”. Agregaron que el recurso se dirige a cuestionar un pronunciamiento que causa un perjuicio irreparable.
En ese sentido, advirtieron que la resolución de De Marinis “dicta el sobreseimiento del acusado, extinguiendo la acción a su respecto”, lo que produce “un evidente gravamen de imposible reparación ulterior”. Plantearon que esa decisión finaliza el proceso penal y le impide al Ministerio Público Fiscal ejercer sus facultades constitucionales.
El hecho denunciado y los fundamentos del sobreseimiento
La causa comenzó con la denuncia de un hombre que relató que caminaba por la calle cuando vio a cinco jóvenes “en actitud sospechosa”. Según el relato, uno de ellos le gritó: “Dame todo. Dame el celular”. El denunciante corrió hasta que vio a un agente de la Policía de la Ciudad y le pidió ayuda.
En su fallo, la jueza De Marinis destacó que “la violencia que exige la figura típica estaría dada por la intimidación de parte de cinco personas que intentan abordar a una persona sola”. Consideró que el hecho no se habría consumado porque el denunciante, de 47 años, los evadió y luego intervino el personal policial.
La posición de la jueza sobre la respuesta penal a adolescentes
La magistrada señaló que no pierde de vista que “el robo de por sí es un hecho violento” y que el bien jurídico tutelado es la propiedad privada y la integridad física del damnificado. Sin embargo, sostuvo que las particulares circunstancias del caso permiten señalar que, al no consumarse la conducta, no se afectó la propiedad privada.
De Marinis también planteó una reflexión sobre el abordaje estatal: “¿Cuál es la respuesta del mundo adulto ante la conducta de un adolescente que implica una infracción penal?”, preguntó. Para la jueza, ante una conducta que infringe la norma penal el Estado debe actuar desde las agencias diseñadas para dar asistencia y reconocimiento de derechos.




