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La Corte Suprema convocará a dos conjueces para debatir el artículo 154 del DNU 70/23

El máximo tribunal no alcanzó unanimidad entre sus ministros sobre la validez del artículo que derogó la Ley de Tierras. El sorteo de los conjueces se realizará en las próximas horas, en el marco de la causa FGR 20213/23.

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Por Redacción Sexta

miércoles, 7 de octubre de 2026, 09:53 hs

La Corte Suprema convocará a dos conjueces para debatir el artículo 154 del DNU 70/23

Redacción / Sexta

Sexta (Buenos Aires, 7 de octubre de 2026).- La Corte Suprema de Justicia de la Nación convocará a dos conjueces para debatir la validez del artículo 154 del DNU 70/23, que derogó la Ley de Tierras, según informó la agencia NA.

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Sin unanimidad en el acuerdo de ministros

La decisión se tomó luego de que los ministros del máximo tribunal no alcanzaran unanimidad de criterios durante el acuerdo del martes. En la causa FGR 20213/23, la Corte resolvió llamar a dos conjueces para el tratamiento de la cuestión y el sorteo para definir quiénes serán se realizará en las próximas horas, de acuerdo con lo publicado por NA.

El origen de la causa y la demanda ambiental

El expediente se originó en una demanda impulsada por la Asociación Civil Árbol de Pie, que cuestionó el artículo 154 del decreto y fundamentó su presentación en el derecho a la protección del ambiente contemplado en la Constitución Nacional. La demanda no fue tratada por la Justicia Federal de Bariloche, donde se radicó originalmente la presentación, ni por la Cámara Federal de La Plata, a donde posteriormente se derivó el caso.

El antecedente del CECIM y el régimen de procesos colectivos

El análisis de esta causa se produce después de que la Corte rechazara por falta de legitimación la presentación del Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas (CECIM). Tras esa decisión, el tribunal sostuvo que el fallo referido al CECIM respondía a una cuestión procesal y que nada impedía analizar otros expedientes sobre la misma temática que llegaran a esa instancia. El tratamiento se enmarca en el régimen de procesos colectivos, por el cual las causas se agrupan. Una vez resuelto el planteo del CECIM, quedó habilitado el análisis del expediente de Árbol de Pie, una asociación ambiental que formuló cuestionamientos vinculados con la derogación de la Ley de Tierras.

#Corte Suprema#DNU 70/23#Ley de Tierras#conjueces#Árbol de Pie

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