Sexta (Buenos Aires, 4 de noviembre de 2026).- El Ministerio de Economía anunció que eliminará del proyecto de reforma del mercado de capitales enviado al Congreso el artículo 230°, que proponía gravar con un 15% de Ganancias la compraventa de Cedears. La cartera reconoció que la inclusión de esa modificación fue un error.
El artículo 230° y la propuesta de gravar los Cedears
El proyecto de ley que llegó al Parlamento este martes incluía en su artículo 230° una modificación impositiva que afectaba a los ahorristas que invierten en Cedears, los Certificados de Depósito Argentinos, uno de los instrumentos más utilizados para acceder a acciones de empresas extranjeras desde la Argentina. La iniciativa proponía eliminar la exención del Impuesto a las Ganancias para la compraventa de estos certificados, que pasarían a tributar bajo las mismas reglas que las acciones compradas directamente en el exterior. La tasa hubiera sido del 15%.
Qué son los Cedears y cómo funciona la exención hoy
Los Cedears permiten invertir en compañías internacionales como Apple o Microsoft desde una cuenta comitente argentina y sin necesidad de operar en una bolsa extranjera. Actualmente, las personas humanas residentes en el país están exentas de pagar Ganancias por los resultados de su compraventa, siempre que las operaciones se realicen bajo las condiciones establecidas por la legislación. El artículo 230° establecía que la exención dejaría de aplicarse a los certificados adquiridos a partir del 31 de octubre de 2026 cuando los activos extranjeros que representan no hubieran gozado del mismo beneficio impositivo si se hubieran comprado directamente.
El rechazo del mundo financiero y la explicación del tributarista
La reacción del mercado, principalmente a través de referentes del mundo financiero en redes sociales y en foros de discusión del sector, fue de amplio rechazo. Consideraron que se trataba de una medida contra el inversor y el ahorrista que lo forzaba a comprar acciones de empresas locales y le hacía más caro, por cuestiones recaudatorias, acceder a compañías del extranjero. Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, explicó que la modificación implicaba un cambio sustancial en el tratamiento de estas inversiones: "Hoy comprás un Cedear de Apple por ejemplo y si lo negociás en un mercado autorizado por la CNV el resultado de la compraventa está exento del Impuesto a las Ganancias. Los dividendos en cambio siempre estuvieron gravados", señaló.
Los fundamentos del Poder Ejecutivo y el anuncio de la marcha atrás
En los fundamentos del proyecto, el Poder Ejecutivo sostenía que existe una diferencia injustificada entre el tratamiento tributario de las acciones extranjeras compradas directamente y el de los certificados que las representan en el mercado argentino. Según el Gobierno, "la redacción vigente ha permitido una fisura en el sistema mediante la cual los inversores locales adquieren certificados de depósito (fundamentalmente Cedears) para gozar de la exención impositiva aplicable a los valores negociables locales cuando en realidad están invirtiendo en activos subyacentes extranjeros que de ser adquiridos de forma directa se encontrarían plenamente gravados". Cerca de las 19 horas, después de que el proyecto hubiera llegado al Congreso, desde el Ministerio de Economía aseguraron que la inclusión de ese artículo fue un error porque formaba parte de un borrador del texto de ley, aunque además del artículo había una amplia defensa de la medida en los considerandos. Adelantaron que esa modificación tributaria sería eliminada de una segunda versión del proyecto.




