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Economía fijó pautas de inversión para los fondos de asistencia laboral

El Ministerio de Economía estableció límites y criterios para invertir los recursos del FAL, buscando preservar el valor de los aportes y asegurar liquidez.

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Por Redacción Sexta

miércoles, 12 de agosto de 2026, 11:31 a. m. hs

Economía fijó pautas de inversión para los fondos de asistencia laboral

Luis Caputo junto a Javier Milei

Sexta (Buenos Aires, 12 de agosto de 2026).- El Ministerio de Economía estableció las pautas y límites de inversión para los Fondos de Asistencia Laboral (FAL) mediante la Resolución 1276/2026, publicada este miércoles en el Boletín Oficial. La medida busca preservar el valor de los aportes y garantizar liquidez para el pago de prestaciones.

Instrumentos autorizados

La normativa, que reglamenta la ley de Reforma Laboral, define que los recursos del FAL solo podrán invertirse en instrumentos emitidos y negociados en pesos en mercados locales. Entre ellos se incluyen títulos de deuda del Estado Nacional, títulos provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires, depósitos bancarios en entidades autorizadas por el Banco Central y obligaciones negociables de empresas privadas.

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Para los títulos provinciales y las obligaciones negociables, se exige autorización de oferta pública y calificación de riesgo AAA en escala nacional, otorgada por al menos dos agencias registradas ante la Comisión Nacional de Valores (CNV). Los instrumentos deben ofrecer rendimientos bajo parámetros como tasa fija, TAMAR, ajuste por CER o vinculación al tipo de cambio oficial, incluyendo bonos duales.

Límites de concentración

Con el objetivo de evitar riesgos, la cartera de cada fondo tendrá topes porcentuales. Los depósitos bancarios no podrán superar el 15% en una misma entidad financiera; la deuda provincial y de CABA, un 15% agregado con tope del 5% por jurisdicción; las obligaciones negociables privadas, un 20% agregado y 10% por emisor; y los instrumentos vinculados al tipo de cambio, un 10%.

Además, se prohíbe a las administradoras invertir en depósitos o títulos emitidos por ellas mismas, sus controlantes o vinculadas, excepto depósitos a la vista transitorios. Si un activo pierde la calificación AAA, la entidad tendrá 180 días corridos para enajenarlo o mantenerlo hasta su vencimiento, sin poder adquirir nuevos títulos del mismo emisor.

Liquidez mínima

La resolución exige mantener al menos el 10% del patrimonio total del FAL en activos de alta liquidez y bajo riesgo, como depósitos a la vista, plazos fijos precancelables o letras del Tesoro a corto plazo. Si este colchón baja por el pago de prestaciones, la entidad deberá reconstituirlo en un plazo de 90 días corridos.

La CNV tendrá 45 días corridos desde la entrada en vigencia para dictar las normativas complementarias necesarias. El control final de la implementación quedará bajo la órbita de ese organismo regulador, según informó la agencia Noticias Argentinas.

#Fondos de Asistencia Laboral#Ministerio de Economía#CNV#inversiones#Resolución 1276

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